Certificado de eficiencia energética en edificios.

Desde el pasado 1 de junio, se están extendiendo los certificados de eficiencia energética en edificios existentes. Así, cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial. El real decreto 235/2013 del 5 de Abril, establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética. Pero, ¿qué aspectos de la eficiencia energética contempla el Real Decreto?¿nos acercará más al edificio de “consumo 0”?

El siguiente dossier informativo emitido por Hager resolverá sus dudas.


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